Cafetería española con cartel informativo de alérgenos en mostrador

Cómo informar sobre alérgenos en restaurantes, bares y panaderías

Informar sobre alérgenos no es opcional. Desde que entró en vigor el Reglamento (UE) 1169/2011, cualquier establecimiento que sirva o venda alimentos —un restaurante, un bar de tapas, una panadería, una carnicería— tiene la obligación de informar a sus clientes sobre los 14 alérgenos de declaración obligatoria.

El problema no suele ser falta de voluntad. En mis años como ex inspector de seguridad alimentaria, el fallo más frecuente que encontraba en hostelería no era desconocimiento de los alérgenos, sino dos cosas muy concretas: no tener la evaluación de alérgenos hecha y no saber cómo trasladar esa información al cliente de forma que cumpla con la normativa.

Este artículo explica cómo resolver ambas cosas, sin necesidad de contratar una consultoría externa para cada cambio de carta.

Lo que la normativa te exige realmente

El Reglamento 1169/2011 no te dice cómo tienes que informar. Te dice que tienes que informar, que la información debe ser clara y accesible, y que debe estar respaldada por documentación escrita. El cómo lo decides tú, dentro de las opciones que recoge la guía de AESAN para el sector de la restauración.

Esto tiene una implicación importante: no existe un único sistema correcto. Un restaurante con carta puede usar iconos en el menú. Un bar de tapas sin carta puede usar un cartel y fichas de evaluación. Una panadería puede gestionar todo mediante un recetario. Todos son válidos si están bien ejecutados y documentados.

Lo que no es válido es no tener nada, o tener documentación que no se corresponde con lo que realmente se sirve.

El error más frecuente: no tener la evaluación de alérgenos hecha

Durante mis inspecciones, el problema más habitual no era que el establecimiento ignorara la normativa. Era que no tenía la evaluación de alérgenos documentada. El responsable sabía más o menos qué llevaba cada plato, pero no lo había registrado por escrito, y mucho menos había contemplado la contaminación cruzada.

Eso es un incumplimiento, aunque el establecimiento informe verbalmente y con buena voluntad.

La evaluación de alérgenos es el documento que recoge, para cada plato o producto que elaboras, qué alérgenos contiene y por qué. Debe contemplar dos fuentes de presencia:

  • Por ingrediente: el alérgeno forma parte de la receta. Por ejemplo, el gluten en el pan de los montaditos, o los huevos en la mayonesa casera.
  • Por contaminación cruzada: el alérgeno no es ingrediente, pero puede estar presente por compartir utensilios, superficies o aceite de fritura con otros productos que sí lo contienen.

Sin este documento, cualquier otro esfuerzo que hagas para informar al cliente es incompleto. Es la base de todo el sistema.

El segundo error: pensar que esto lo tiene que hacer una consultoría

Es una creencia muy extendida, y entiendo de dónde viene. La normativa alimentaria tiene fama de compleja, y muchos hosteleros asumen que la documentación de alérgenos es algo que solo puede gestionar un técnico externo.

No es así. Con la formación adecuada, el propio responsable del establecimiento puede elaborar, gestionar y actualizar su documentación de alérgenos. De hecho, es preferible que así sea: nadie conoce mejor los ingredientes y los procesos de tu cocina que tú o tu equipo.

Lo que sí requiere una consultoría es el diseño inicial del sistema de autocontrol (APPCC) o situaciones especiales como alergias graves con protocolo médico. La gestión ordinaria de alérgenos —evaluar los platos, actualizar la documentación cuando cambia la carta, informar al personal— es algo que cualquier hostelero puede hacer si tiene la formación correcta.

Donde sí tiene sentido apoyarse en formación externa es precisamente ahí: en adquirir los conocimientos para hacerlo bien y de forma autónoma. Para eso está el curso de gestión de alérgenos, que te capacita para elaborar y mantener tu propia documentación sin depender de nadie.

Cómo informar sobre alérgenos según el tipo de establecimiento

La normativa es la misma para todos, pero el método más práctico varía según el tipo de negocio. Aquí van las opciones más habituales.

Restaurante con carta

Es el caso más sencillo de organizar. Los alérgenos de cada plato se indican directamente en la carta, con el nombre del alérgeno o con iconos acompañados de leyenda. Cuando cambia un plato, se actualiza la carta y la ficha de evaluación correspondiente.

El punto crítico en restaurantes es la contaminación cruzada en cocina: freidoras compartidas, tablas de cortar, utensilios. Un plato puede no llevar gluten como ingrediente y contenerlo por el aceite en el que se ha frito. Eso tiene que estar recogido en la evaluación y comunicado al cliente si pregunta.

Bar de tapas o establecimiento sin carta fija

Aquí la gestión es más dinámica porque la oferta cambia con frecuencia. La opción más práctica es combinar un cartel informativo visible —que indique que el establecimiento tiene información de alérgenos disponible— con fichas de evaluación actualizadas para cada producto.

El personal debe conocer el contenido de esas fichas y saber dónde están. Si un cliente pregunta y el camarero no sabe responder ni puede mostrar la documentación, hay un problema, aunque el cartel esté en la pared.

Puedes descargar el cartel informativo que usamos nosotros, listo para imprimir y usar en tu establecimiento: descargar cartel informativo de alérgenos.

Panadería u obrador

La panadería tiene una particularidad: el gluten está presente en casi todo, y el riesgo de contaminación cruzada con productos sin gluten es muy elevado. Si ofreces productos sin gluten, necesitas un protocolo específico de elaboración y limpieza, y tienes que poder acreditarlo.

El método más habitual en panaderías es el recetario o fichas de producto: un documento por referencia que recoge ingredientes y alérgenos presentes. Cuando cambia una receta o un proveedor cambia un ingrediente, se actualiza la ficha. Es sencillo de mantener si está bien organizado desde el principio.

Otro punto frecuente de incumplimiento en panaderías: los productos envasados en el propio establecimiento a petición del cliente. Tienen las mismas obligaciones de información que los productos vendidos sin envasar. No basta con el etiquetado genérico del proveedor si el producto ha sido manipulado o porcionado en tu obrador.

Comercio minorista de alimentación

Carnicerías, pescaderías, charcuterías, fruterías con productos elaborados. La obligación existe desde el momento en que vendes alimentos sin envasar o los envasas en el punto de venta.

En estos establecimientos, lo más habitual es que el propio dependiente sea quien informe al cliente verbalmente. Eso es válido, pero con una condición que se incumple con frecuencia: debe existir siempre un registro escrito disponible que respalde esa información oral. Si el inspector pide ver la documentación y no existe, el método oral no sirve de nada.

Qué debe saber el personal que informa al cliente

Da igual el método que elijas. Si el personal no está formado, el sistema falla. Y no me refiero a que “sepan más o menos” qué lleva cada plato. Me refiero a que sean capaces de identificar los 14 alérgenos, reconocer su presencia por ingrediente y por contaminación cruzada, saber dónde está la documentación del establecimiento y cómo consultarla, e informar al cliente con precisión cuando pregunta.

Esto no es un estándar alto. Es el mínimo que exige la normativa, y es perfectamente alcanzable con formación específica. El curso de gestión de alérgenos cubre exactamente estos puntos y permite acreditar la formación mediante certificado ante cualquier inspección sanitaria.

Cómo prepararte para una inspección de alérgenos

Una inspección de alérgenos no busca pillarte. Busca comprobar que tienes un sistema funcionando. En la práctica, el inspector va a verificar tres cosas:

  • Que tienes la evaluación de alérgenos documentada para cada plato o producto que elaboras o vendes sin envasar.
  • Que existe un método claro para informar al cliente —carta, cartel, fichas— y que el personal sabe usarlo.
  • Que el personal está formado y puede acreditarlo.

Si tienes esas tres cosas, cualquier inspección es una formalidad. Si falta alguna, el riesgo de sanción es real: las sanciones por incumplimiento de la normativa de alérgenos van desde los 5.000€ hasta los 600.000€, según la gravedad.

Lo más habitual que encuentro en establecimientos que han tenido problemas en inspección no es mala fe, sino falta de organización: documentación desactualizada, personal que no sabe dónde están las fichas, o evaluaciones que no contemplan la contaminación cruzada.

Próximamente: plantilla de carta con alérgenos y checklist de inspección

Estamos preparando dos recursos descargables específicos para este artículo: una plantilla de carta con alérgenos adaptable a cualquier tipo de establecimiento, y una checklist de inspección de alérgenos para que puedas revisar tu sistema antes de que lo haga el inspector. Los publicaremos en las próximas semanas.

Preguntas frecuentes

¿Puedo gestionar yo mismo la documentación de alérgenos sin contratar una consultoría?

Sí. Con la formación adecuada, el propio responsable del establecimiento puede elaborar, actualizar y gestionar toda la documentación de alérgenos. No es necesario contratar un técnico externo para la gestión ordinaria. Lo que sí requiere formación específica es saber qué evaluar, cómo documentarlo y cómo mantenerlo actualizado cuando cambia la carta o los proveedores.

¿Con qué frecuencia tengo que actualizar la evaluación de alérgenos?

Cada vez que cambie algo relevante: un ingrediente de un plato, un proveedor que cambia la formulación de un producto, o la incorporación de un plato nuevo a la carta. No hay una frecuencia fija establecida por la normativa, pero la documentación debe reflejar en todo momento lo que realmente se sirve.

¿Qué pasa si un proveedor cambia un ingrediente sin avisarme?

La responsabilidad sigue siendo tuya. Por eso es importante revisar periódicamente las fichas técnicas de los productos que compras, especialmente si cambias de proveedor o si un proveedor lanza una nueva formulación. Ante una inspección, no puedes alegar desconocimiento de lo que contienen tus ingredientes.

¿Es suficiente con que solo el encargado sepa gestionar los alérgenos?

No. Todo el personal que manipula o sirve alimentos debe estar formado. Si el encargado no está en el local y un cliente pregunta por alérgenos, el camarero o dependiente que atiende debe poder responder o saber cómo consultar la documentación. La formación no puede recaer en una sola persona.

¿Un establecimiento que solo vende productos envasados de terceros tiene las mismas obligaciones?

En ese caso, la obligación de etiquetar recae sobre el fabricante o envasador. Pero si en tu establecimiento abres, porciones o manipulas esos productos antes de venderlos, pasas a tener las mismas obligaciones que cualquier vendedor de productos sin envasar.

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Sobre el autor: Vicente Rueda

Licenciado en Veterinaria por la Universidad de Córdoba, España. Experto en Seguridad Alimentaria gracias a la Universidad de San Pablo CEU (Máster Universitario en Seguridad y Calidad Alimentaria) y Veterinario Oficial autorizado por la Food Standards Agency en la Universidad de Bristol (Reino Unido) Experiencia de más de 7 años como Veterinario Oficial para "Food Standard Agency" y "Local Authorities", trabajando del lado de la administración británica, haciendo inspecciones y auditorías en industrias alimentarias y en Puestos de Inspección Fronterizos, a través de Eville & Jones Ltd. y ARO Company Ltd. Actualmente, en España, trabaja en varios proyectos de consultoría para empresas del sector alimentario y formación de manipuladores de alimentos tanto presencial, a distancia y online. Perfil profesional completo de Vicente Rueda

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